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Ética Opiniones – Illinois

COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO DE ILLINOIS

Opinión consultiva ISBA sobre profesional conducta ISBA opiniones consultivas sobre conducta profesional preparados como un servicio educativo a los miembros de la ISBA. Mientras que las opiniones expresan la interpretación de la ISBA de la Illinois reglas de conducta profesional y otros materiales relevantes en respuesta a una situación de hecho concreto hipotético, ellos no tienen el peso de la ley y no se deben confiar en como un sustituto de asesoramiento individual.

Opinión No. 92-9

Enero 22, 1993

Tema: Apoyo financiero a los clientes; Resumen de confidencialidad: Abogado éticamente puede ayudar a los clientes en la obtención de préstamos para el pago de honorarios de abogado, proporcionar al abogado protege el cliente ’ confidencias s y cumple con su obligación fiduciaria de divulgación completa. Ref.: Illinois reglas de conducta profesional, Reglas de 1.4(b), 1.6 (un), 1.8(d), 1.16(e), y 5.4(un)

Opinión ISBA 295 (1968)

HECHOS

Abogado A está solicitando una opinión en cuanto a si o no abogados pueden éticamente asociarse con la compañía de finanzas con el fin de obtener préstamos para los clientes a pagar honorarios de abogado. El abogado paga una cuota inicial de $500 para que se le da el derecho a presentar solicitudes de crédito de clientes. Tras la aprobación del préstamo, el cliente sería responsable de su pago. El abogado recibiría los recursos del préstamo, menos un 10% tarifa.

PREGUNTAS

1. Un abogado que asiste en la obtención de financiación para que un cliente pagar su viola la regla 1.8(d), que prohíbe avances o garantizado asistencia financiera en relación con el previsto o litigios pendientes. 2. Hace el abogado de ’ acuerdo de s para pagar una 10% cargo a la empresa de finanzas A constituir un arreglo partiendo de cargo en violación de la regla 5.4(un)?

OPINIÓN

Regla 1.8(d) proporciona en parte: Mientras que representando a un cliente en relación con el previsto o litigios pendientes, un abogado no avanzar ni garantiza ayuda financiera para el cliente,…

El tipo de asistencia financiera, prohibido por la regla es la garantía de asistencia financiera o asistencia directa por el abogado al cliente con la excepción de que el abogado puedo avanzar en la “gastos de litigio.” La situación de hecho presentada no viole la regla 1.8(d) puesto que el abogado está ayudando al cliente en disponer de financiación entre el cliente y un tercero sin directamente que el abogado en la fabricación del préstamo o garantía del préstamo.

Este tema fue tratado anteriormente de ninguna opinión. 295 (1968). En esa opinión, el Comité consideró que un plan especial para el financiamiento del Banco para ser ético. La Comisión reconoce la necesidad del público en general servicios legales a su disposición más. Los temas tratan en que decisión fueron confidencialidad o información y posibles conflictos sobre honorarios. Afirmamos nuestra posición, en opinión No. 295, que los planes financieros que son sugeridos por un abogado son permitidos cuando se cumplen ciertos requisitos. Primero, debe haber conformidad con la regla 1.6, que preocupaciones de confidencialidad. El abogado debe informar plenamente al cliente que la información contenida en la solicitud de préstamo será remitida y divulgó al prestamista. Animamos al abogado para la divulgación de documentos por escrito. Regla 1.6 proporciona en parte:

(un) …un abogado no deberá, durante o después de la terminación de la relación profesional con el cliente, utilizar o revelar una confianza o secreto del cliente conocido al abogado a menos que el cliente presta su consentimiento después de la divulgación. En segundo lugar, el abogado, como fiduciarias, tiene el deber de revelar al cliente su completa participación en la transacción. Es el Comité de ’ opinión que el abogado ’ deber s, como un fiduciario, requiere que la transacción y las condiciones justas y razonables para el cliente. Los términos deben ser totalmente divulgados y transmitidos al cliente por escrito de una manera razonablemente entendida. Vea la regla 1.4(b).

Por lo tanto, esta situación de hecho requeriría el abogado de revelar al cliente la información detallada del préstamo y la naturaleza de su asociación con la empresa de finanzas A. Debe revelar el hecho de que era necesario hacer un pago inicial de $500 con el fin de presentar solicitudes de préstamo a este prestamista particular. Él también debe informar al cliente que está descontando sus honorarios por 10% como parte del acuerdo para presentar las solicitudes de préstamo a empresa de finanzas A.

Además, la relación fiduciaria requiere que el abogado de informar al cliente que su representación no está condicionada a la utilización de finanzas empresa A y también que el cliente es libre de obtener financiación alternativa. Una pregunta adicional presentada por el investigador es o no la práctica de descuentos en los honorarios de abogado sería una tarifa de intercambio acuerdo en violación de la regla 5.4(un). La Comisión considera que un abogado ’ s acuerdo a descontar una porción de un préstamo dado a un cliente es distinguible de un abogado ’ acuerdo s compartir honorarios con un abogado no de-. Los hechos establecidos en la encuesta indican un acuerdo de negocios entre el abogado y la compañía de Finanzas mediante el cual el abogado se compromete a aceptar esa porción de su costo financiado menos una 10% cargo por servicio. Esta práctica hace posible que el negocio llevar una porción del costo del crédito, haciendo más atractivos para el prestamista al prestatario. Los beneficios de negocio ya que puede vender su producto a los clientes que no poseen suficiente efectivo.

Creemos que el problema que podría presentarse debido a un retiro temprano de un abogado es adecuadamente tratado por regla 1.16(e), que requiere el abogado retirando a reembolsar inmediatamente cualquier parte de la cuota de pago que no se gana.

Por las razones expuestas, el Comité es de opinión que es ético para un abogado proponer un acuerdo de préstamo con una institución financiera para el pago de sus honorarios en las condiciones que él cumple con la regla 1.6 en cuanto a la divulgación de confidencias y también él cumple con sus obligaciones fiduciarias más relativas a la información completa de todos los términos de su participación con la institución financiera, los términos de las transacciones son justas y razonables, y también el cliente ’ s hacia la derecha para obtener el financiamiento alternativo. Véase también la regla 1.4(b) que requieren una explicación completa de la operación a plazo el cliente puede entender.